Mestre Abogados y mediadores

mediación para solucionar
conflictoS
ALEJAR TU CONFLICTO DEL JUZGADO TE APORTARÁ OBJETIVIDAD Y TRANQUILIDAD
CON LA MEDIACIÓN SERÁS CAPAZ DE ENCONTRAR LA SOLUCIÓN
«No podemos resolver problemas usando el mismo tipo de pensamiento que usamos cuando los creamos.» Albert Einstein.

MediaciÓn en herencias
Al fallecer un familiar se pueden producir desavenencias y disputas entre los herederos que pueden romper para siempre los lazos familiares.
En muchas ocasiones los herederos no quieren que el problema acabe judicializado pero tampoco saben como gestionar la situación y desbloquearla.
Estas situaciones normalmente se producen en:
- Herencias con testamento
- Herencias sin testamento
- Valoración de bienes de la herencia
- Reparto de herencias
- Derechos del cónyuge viudo
- Sucesión en la empresa familiar


mediación familiar
Cuando se produce un fracaso matrimonial o ruptura suelen generarse desencuentros que imposibilitan el acuerdo en muchos aspectos que afectan a la familia. La desconfianza y recelos de cada parte son un obstáculo para dialogar.
La intervención de un mediador familiar permite aproximar la postura de cada parte fomentando y manteniendo el diálogo con el objetivo de preservar las relaciones personales en problemáticas relacionadas :
- guarda y custodia
- visitas de los abuelos con sus nietos
- pensiones alimenticias
- elección de colegio
- reparto de patrimonio
- necesidades personas mayores de 65 años


Mediación vivienda
Son variados los problemas que pueden existir con la vivienda o una propiedad:
- Problemas vecinales
- Conflictos en Comunidades de Propietarios
- Vecinos morosos
- Accesibilidad vivienda
- Impago de alquiler
- Desahucios
- Disputas por el mantenimiento y reparación de una propiedad
- Reclamaciones por vicios y defectos de la construcción
- Conflictos derivados de la transmisión de la propiedad (compraventa, donación, etc.)
- Discrepancias sobre los lindes o medición de una finca.
- Discrepancias en valoraciones de fincas.
- Proindivisos


mediación electrónica
Es la mediación que se realiza a través de medios electrónicos, videoconferencia o análogo. Para ello todos los intervinientes tienen que tener los medios que posibiliten la misma en un entorno seguro y confidencial. Y debe garantizarse la identidad de las partes así como los principios de la mediación.
Para mediaciones de importes hasta 600 euros es posible llevar a cabo este tipo de mediación.

¿Por Qué Elegir a Mestre Abogados y Mediadores?
Entendemos que si has llegado aquí es porque te enfrentas a un problema con una carga emocional grande y que te preocupa. Tu problema requiere una actuación adecuada e inmediata. Nuestro compromiso es simple: ponemos a tu disposición a un abogado o a un mediador para encontrar la mejor solución a tu problema.
Nuestra trayectoria, basada en la seriedad, transparencia, profesionalidad y confidencialidad, garantiza que cada cliente se sienta respaldado y comprendido.
¿Qué nos diferencia?
- Permítenos escucharte sin compromiso.
- Horarios Flexibles: Nos adaptamos a tus necesidades.
- Trato personal
- Especialización: Abogados con experiencia en diversas ámbitos del derecho.
- Capacidad de análisis
- Empatía y Confianza.
- Presupuesto cerrado.
Sabemos que, aunque algunos problemas legales pueden ser comunes, cada cliente tiene una historia única. Desde el primer momento Mestre abogados se implica con el caso generando el más alto grado de tranquilidad en el cliente que se siente apoyado en todo momento.
Mestre Abogados: Tus abogados y mediadores de confianza.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es la mediación?
La mediación es voluntaria, confidencial
¿Qué ventajas tiene la mediación?
- Protagonismo de las partes en el conflicto
- Mejora las relaciones interpersonales
- Todos ganan
- Comporta un menor coste económico que acudir a los juzgados
- Menor desgaste emocional
- La duración de un procedimiento de mediación es menor que en un procedimiento judicial
¿Qué es un mediador?
En un profesional con formación específica que actúa como tercero neutral, independiente e imparcial ayudando a las partes implicadas a acercar sus posiciones en el conflicto o controversia que tengan.
¿ Cuáles son los beneficios de la mediación?
Permite fomentar el diálogo y preservar las relaciones.
¿Ofrecer la mediación es un signo de debilidad?
En absoluto. Las partes son las que llevan las riendas del proceso y se implican para alcanzar un acuerdo satisfactorio para ambas.
¿Quién paga la mediación?
La persona que lo solicite o ambas partes
¿Puede el mediador dar consejos? NO. Nunca.
Las partes pueden consultar a su abogado durante el procedimiento de mediación.
¿La mediación es adecuada para todo el mundo?
En determinados casos no es aconsejable como por ejemplo en situaciones de violencia.
¿Tengo que asistir personalmente a la mediación ?
Sí. No cabe delegar en otro la asistencia personal a la mediación. Sólo en el caso de personas jurídicas es posible la representación por persona habilitada para ello.
¿La mediación es confidencial?
Si. Todo lo que sea tratado en mediación no puede transcender fuera de ésta ni llegar a los tribunales
¿Cómo finaliza una mediación?
La mediación finalizará por haber alcanzado ambas partes un acuerdo o bien porque cualquiera de ellas no desea continuar con la misma. En este segundo caso no habrá acuerdo.
¿El acuerdo de mediación es legalmente exigible?
El acuerdo o acuerdos que se alcancen en mediación son vinculantes para las partes, por lo que en caso de incumplimiento se puede exigir se cumpla. El acuerdo se puede elevar a escritura pública y homologar judicialmente.
¿Qué ocurre si no hay acuerdo?
Se puede intentar recurrir a otro medio alternativo de resolución de conflictos como un arbitraje, oferta vinculante, una conciliación o bien acudir a los juzgados.
¿Esta regulada la figura del mediador?
A nivel estatal la mediación está regulada en la Ley 5/2012, de 6 de julio , de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
A nivel autonómico existen distintas regulaciones. Cataluña fue una de las primeras Comunidades Autonómicas que reguló la mediación con la Ley mua anterior a la Ley estatal.
Estas normativas regulan tanto el proceso de mediación como el mediador. El mediador debe tener formación específica en mediación y estar inscrito
¿ Es obligatorio acudir a mediación?
La mediación es un medio alternativo de resolución de conflictos por tanto se puede acudir a ella u otro tipo de mecanismo para resolver extrajudicialmente un problema.
Acudir a mediación es voluntario.
Ahora bien, a partir del 3 de abril de 2025 la ley exige que antes de acudir a los juzgados se haya acudido a un mecanismo alternativo de resolución de conflictos, como por ejemplo la mediación y acreditarlo. En el caso que previamente no se haya acudido la demanda será inadmitida.
Por tanto lo recomendable es haber al menos intentado la mediación antes de acudir a los juzgados. Naturalmente si en la mediación ya se ha alcanzado el acuerdo no es necesario ya acudir a los juzgados.
Hay una serie de excepciones respecto al requisito de procedibilidad:
- tutela judicial civil de derechos fundamentales.
- adopción de las medidas previstas en el art. 158 CC.
- adopción de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad.
- filiación, paternidad, maternidad
Si no encuentras respuesta a alguna de tus preguntas no dudes en contactar con nosotros.

Sobre nosotros
Somos un despacho de abogados y economistas de carácter multidisciplinar dedicado al asesoramiento tanto de particulares como empresas. Con años de ejercicio profesional en Barcelona y sus alrededores, en Mestre Abogados y Mediadores trabajamos con rigor, dedicación, seriedad y transparencia así como con absoluta confidencialidad e independencia. Estamos seguros de poder asesorarte, guiarte y apoyarte a solucionar tu problema. Nuestra experiencia nos ha enseñado que aunque los problemas puedan repetirse, cada cliente es único.





Con Mestre Abogados, Tu Tranquilidad es Nuestro OBJETIVO

Con años de ejercicio profesional en Barcelona y sus alrededores, en Mestre Abogados y mediadores trabajamos con dedicación, seriedad y transparencia así como con absoluta confidencialidad e independencia. Estamos seguros de poder asesorarte, apoyarte y guiarte a encontrar la mejor solución con la mediación, la negociación o la conciliación. Nuestra experiencia nos ha enseñado que aunque los problemas puedan repetirse, cada cliente es único.
Ofrecemos servicios de mediación, negociación y conciliación y el certificado de acreditación del intento de MASC sin acuerdo como requisito de procedibilidad para adjuntar a la demanda judicial.
Experiencia
Mediadores expertos y en constante actualización. Inscritos en el Registro de mediadores del Ministerio de Justicia, Centre de Mediació de Catalunya, Centre de Mediación Inmobiliaria del Consell de Col.legis d’Administradors de finques de Catalunya (CEMCAF). Centro ADR – ICAB.
soluciones personalizadas
Atendiendo a la particularidad y necesidad de cada caso brindamos nuestros servicios de negociación, conciliación y mediación para alcanzar la solución.
Confianza
Años de trayectoria y un historial de casos exitosos nos respaldan, garantizándote un asesoramiento legal de primera categoría.
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Tu tranquilidad es nuestra prioridad. Tu consulta es confidencial y estamos comprometidos a responder con prontitud.